Hábeas Corpus

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            CORTE NACIONAL DE JUSTICIA, JUEZA PONENTE  DRA. MARIA DEL CARMEN ESPINOZA VALDIVIEZO, SALA ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES, JUICIO No. 122-2013.

La garantía constitucional de Hábeas Corpus, recogida en el artículo 89 de la Constitución del Ecuador, es una institución jurídica constitucional de especialísimo contenido , con respecto a la urgencia en su tratamiento por parte de la autoridad jurisdiccional. Urgencia en cuanto al tiempo de resolución cuya razón de Ser , se asienta en uno de los derechos - históricamente - primigenios del ser humano: la libertad.

Considerando la sensibilidad neurálgica que reviste el derecho de libertad en cuanto es condición de desarrollo y ejercicio de otros derechos, el Constituyente, ha establecido un procedimiento de in formalidad condicionada a efectos de conseguir de la autoridad jurisdiccional el control constitucional de una detención que revista vicios ya sea de ilegalidad, arbitrariedad o ilegitimidad.

En lo que refiere a la resolución en estricto sentido del recurso de apelación de la presente garantía constitucional, esta Sala, considera pertinente tratar aspectos de relevancia sobre el caso puesto a nuestro conocimiento:

i)prisión preventiva como excepción extrema y última al derecho de libertad y,

ii)principio de inocencia como vínculo de la medida privativa de libertad



         CORTE NACIONAL DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, RESOLUCIÓN No. 47-2010, JUEZ A PONENTE DR. JOSÉ SUING NAGUA 

Es preciso recordar que la acción constitucional de habeas corpus tiene por único objeto, segúN lo señala la propia Constitución de la República en su art.89, el que una persona que se encuentre privada de su libertad de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, la recupere.


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                      Alfredo Jaramillo Jaramillo, Vocabulario Jurídico Básico.


“Garantía individual proclamada en la Constitución Política, mediante la cual se reclama la libertar de una persona que ha sido detenida o arrestada sin orden firmada por autoridad competente, y sin expresión de motivo alguno.


Alfredo Jaramillo Jaramillo, Vocabulario Jurídico Básico, pág. 192.



                        Pág Web: www.definicionabc.com


El habeas corpus es un concepto que dispone de un uso extendido en el ámbito del derecho. Consiste en una institución jurídica cuya finalidad es la de evitar el arresto arbitrario de las personas y garantizar la libertad personal de todos los individuos, sin excepciones.


Normalmente a este recurso jurídico se lo utiliza para frenar abusos de las autoridades policiales o políticas ya que fuerza a que la situación de los detenidos sea puesta en conocimiento de un juez competente.


Es decir, el habeas corpus es un derecho que dispone cualquier ciudadano que se halle detenido de poder declarar ante un juez o autoridad lo más pronto que sea posible y públicamente, en tanto, una vez que los jueces escuchan el testimonio del detenido deberán determinar si su arresto es procedente o no y si consideran que no lo es deberán ordenar de inmediato la liberación.


Entonces el proceso del habeas corpus se propone defender y contener dos derechos importantísimos como son la libertad individual y la integridad, o sea, una persona no podrá detenerse de modo injusto, sin razones y tampoco podrá ser objeto de agresiones ni torturas durante su detención.


Aquella persona que considera que su libertad está amenazada de manera irregular tendrá derecho de acuerdo al habeas corpus a pedir que se revise su situación. Y en aquellos casos en los que la persona sienta que se ha dañado su honor también podrá exigir la rectificación a un juez.


Existen organizaciones locales e internacionales que se ocupan de velar por esos derechos y por supuesto defienden la institución del habeas corpus.


Cabe destacarse que la utilización de este recurso se remonta a la época del Imperio Romano donde se lo utilizaba como la herramienta jurídica para evitar las violaciones de la libertad de los ciudadanos que de pronto eran privados de su libertad por cualquier persona y no por parte de una autoridad competente.


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                Pág Web: Real Academia Española de la Lengua 

(Del lat. habeas corpus [ad subiiciendum], que tengas tu cuerpo [para exponer], primeras palabras del auto de comparecencia). 1. m. Der. Derecho del ciudadano detenido o preso a comparecer inmediata y públicamente ante un juez o tribunal para que, oyéndolo, resuelva si su arresto fue o no legal, y si debe alzarse o mantenerse. Es término del derecho de Inglaterra, que se ha generalizado.


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                    Pág Web: eSILEC PROFESIONAL


Se establece que el Hábeas Data es;

HABEAS CORPUS:  Palabras latinas, y ya españolas y universales, que significan literalmente: "que traigas tu cuerpo" o "que tengas tu cuerpo". Con estos dos vocablos comienza la famosa ley inglesa, votada por el Parlamento en 1679, como garantía suprema de la libertad individual, en los regímenes de Derecho y democracia. 
Hábeas corpus:  El hábeas corpus es una institución jurídica que persigue "evitar los arrestos y detenciones arbitrarias" asegurando los derechos básicos de la víctima, algunos de ellos tan elementales como son estar vivo y consciente, ser escuchado por la justicia y poder saber de qué se le acusa.
                       

(HERRAMIENTAS JUÍDICAS, DICCIONARIO JÚRIDICO, eSILEC PROFESIONAL)